Reforma 2009 de la ley de extranjeria en espana

España nueva ley

Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por la Ley Orgánica 2/2009.

La Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, en su Disposición Final Tercera, permite al Gobierno dictar las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo de la reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Este Real Decreto viene a aprobar el nuevo Reglamento de Extranjería, derogando el Reglamento aprobado por el Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre.

La decisión de aprobar un nuevo Reglamento de Extranjería que aproveche la adaptación normativa de la última reforma de la Ley Orgánica 4/2000 y, por tanto, ejerza en sentido amplio la potestad reglamentaria que el artículo 97 de la Constitución Española atribuye al Gobierno, obedece a varias causas.

Por un lado, la evolución del fenómeno migratorio, que ha sido causa constante de las sucesivas reformas de la Ley Orgánica. Esta evolución, que en los últimos años se ha traducido, entre otras cosas, en un descenso del número de solicitudes de entrada por motivos laborales y en un aumento del número de trámites de las personas extranjeras que se encuentran en España y que pretenden renovar o prorrogar sus autorizaciones o ejercer las facultades que la Ley Orgánica les otorga, debe ser tenida en cuenta a la hora de desarrollar las disposiciones de la Ley de Extranjería. La nueva regulación pretende optimizar en este nuevo contexto los principios de política migratoria reconocidos por primera vez a través de la Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, principios entre los que destacan la gestión de los flujos migratorios laborales en función de la situación nacional de empleo, la integración social de los inmigrantes, la lucha contra la inmigración irregular y las relaciones con terceros países en materia de inmigración.

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Estadísticas de la inmigración en España

La Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, ha sido reformada en tres ocasiones desde su aprobación; en concreto, ha sido reformada por las Leyes Orgánicas 8/2000, de 22 de diciembre, 11/2003, de 29 de septiembre y 14/2003, de 20 de noviembre.

De todas las reformas que ha tenido la indicada Ley Orgánica, cabe destacar, por su mayor redacción, la que se llevó a cabo a los pocos meses de su entrada en vigor mediante la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre. Algunos de los cambios introducidos por esta última ley motivaron la presentación de varios recursos de inconstitucionalidad contra ella.

(e) Directiva 2004 /114/CE, de 13 de diciembre de 2004, relativa a los requisitos de admisión de nacionales de terceros países a efectos de estudios, intercambio de alumnos, prácticas no remuneradas o servicios de voluntariado de terceros países (DOUE de 23 de diciembre de 2004).

(i) Directiva 2009 /52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2009, relativa al régimen mínimo de sanciones y medidas aplicables a los empresarios de nacionales de terceros países en situación irregular (DOUE de 30 de junio de 2009).

Leyes de inmigración de España

¡Tenemos buenas noticias para ti! Una importante reforma en la normativa de extranjería española se ha puesto en marcha y eso significa que ahora tienes cambios ventajosos para obtener tu permiso de residencia (y sobre todo de trabajo) en el país.A continuación encontrarás, en detalle, todas las medidas que el gobierno ha puesto en marcha con esta reforma, que traerá muchas ventajas: principalmente para facilitar el proceso de contratación de extranjeros desde el país de origen, para los estudiantes, y para los extranjeros que se encuentran en situación irregular (con la creación de un nuevo arraigo y grandes mejoras en los ya existentes).

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Después de meses y meses de espera, el Gobierno por fin ha mejorado el Real Decreto 557/2011 (RLOEX), que regula la ley de extranjería en el territorio español.Tras ser aprobado el 24 de julio por el Consejo de Ministros y publicado en el BOE el 27 de julio de 2022; esta nueva reforma y todas sus medidas entraron finalmente en vigor el 16 de agosto de 2022.Ya puedes beneficiarte de todas sus ventajas.Después de varios años, la actual normativa de extranjería ha empezado a quedar desfasada en muchos aspectos, especialmente en el ámbito laboral y de empleo.  Así, con esta reforma, el Gobierno ha adaptado los diferentes procedimientos y permisos de residencia al contexto actual, que es muy diferente y para el que el anterior marco migratorio no estaba preparado.En resumen, el objetivo de la renovación y actualización de esta ley es facilitar la incorporación de trabajadores extranjeros (muy necesarios para la economía del país) al ámbito laboral. Como descubriremos a continuación en el apartado de medidas, el proceso de obtención del permiso de residencia y trabajo es mucho más sencillo debido a los diversos cambios que se producirán, ya que se crea una nueva forma de residencia y se implementarán otras características que sin duda beneficiarán a la comunidad extranjera.

Migración interna en España

En el periodo 1970-2000, España, antes un país de emigración, se convirtió en un destino migratorio. En la década de 2000, el país experimentó uno de los mayores aumentos de la inmigración en el mundo, ya que su población nacida en el extranjero pasó del 2% en 2000 al 11% en 2007.La crisis económica de 2008 frenó esta tendencia y el porcentaje de extranjeros en España se mantuvo algo estable en los años siguientes, en torno al 12-13%. En 2015, el país volvió a registrar una tasa de migración neta positiva que, desde entonces, ha seguido creciendo.

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Las estadísticas del gráfico anterior se basan en la población no nacional por grupo de ciudadanía de Eurostat, a 1 de enero de 2021, con 3.633.059 nacionales de terceros países (NTP) y 1.733.062 ciudadanos de la UE viviendo en España en ese momento.El Instituto Nacional de Estadística de España estima que a finales de 2020, España había registrado aproximadamente 3,01 millones de NTP.A 1 de enero de 2020, además, los grupos más grandes entre los NTP incluían a los migrantes de Marruecos (760.715), Colombia (261.208) y China (197.188). En 2020, la población venezolana y peruana registró un importante aumento, alcanzando los 187 205 y 101 027 respectivamente.    En 2020, el 80% de los residentes extranjeros tenía un permiso de residencia de larga duración, y el 20% – permisos temporales. Entre esta última categoría, 159 484 se expidieron por actividades económicas, 106 278 – por reagrupación familiar, y 133 061 – por razones humanitarias.En 2020, más de 126 000 personas obtuvieron la nacionalidad española.

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